Impuesto a las Ganancias en Neuquén: la Justicia Federal rechazó el pedido de ATE para su anulación
Los estatales de Neuquén habían pedido la nulidad de un capítulo de la ley que los obligaba a pagar el impuesto. La Justicia consideró que no tiene competencias.
La Justicia Federal rechazó la acción de amparo que había pedido el gremio de estatales ATE de Neuquén en relación a la suspensión del cobro del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores neuquinos.
En un despacho firmado este 18 de septiembre en el Juzgado Federal de Zapala, el juez Hugo Horacio Greca resolvió que el gremio no tenía la legitimidad para solicitar la nulidad absoluta del título V de la Ley 27.743. Tras los considerandos, el letrado resolvió "declarar la falta de legitimación activa de la Asociación de Trabajadores del Estado y rechazar la medida cautelar solicitada y la acción de amparo interpuesta".
Entre los argumentos, señaló que ATE no tienen la competencia para interceder ante las decisiones del Congreso y que, de fallar a favor, la medida cautelar complicaría la distribución de los recursos del Estado nacional, así como la percepción de la renta pública.
El texto del expediente indica que "la medida cautelar pretendida, en caso de que fuera concedida afectaría gravemente la percepción de la renta pública y el interés estatal de asegurar el efectivo cumplimiento de las prescripciones legales que rigen en materia de impuesto a las ganancias en los términos del art. 13 inc. d) de la Ley N° 26.854. Que, suspender los efectos de la Ley Nº 27.743 importaría una grave y directa afectación en la distribución de sus recursos presupuestarios del Estado Nacional"
Y agrega que la medida "se traduciría, a su vez, en una intromisión inadmisible en las competencias propias, exclusivas y excluyentes del Poder Legislativo Nacional".
Además, argumenta: "La ley objeto de etas actuaciones no afecta la autonomía provincial ya que el Congreso Nacional en el art. 81 de la Ley N° 27.743 no legisló sobre la remuneración del empleo público provincial, sino que modificó la Ley de Impuesto a las Ganancias vigente hasta el 30/06/2024".
Al hacer la presentación en la Justicia Federal, el secretario general de ATE en Neuquén, Carlos Quintriqueo, había explicado cómo fue el procedimiento. "Acá en la Justicia local se le dio vista al gobierno de Rolando Figueroa, y de máxima ellos se adhirieron a nuestro reclamo. En el caso de la Justicia federal el fiscal también entiende que hay motivos para la medida cautelar y que se estaría avasallando el derecho de los trabajadores", había señalado.
Quintriqueo recordó que el gremio había hecho dos presentaciones, uno en el fuero local y otro en el federal. "En el local tuvimos la admisibilidad y se nos dio lugar a la medida cautelar. En el federal ya el fiscal de la causa dictamine y corre traslado al Estado nacional para que ellos den también su respuesta. Lo que para nosotros es importantísimo", destacó.
El reclamo a nivel provincial
A fines de julio de este año, La jueza María Victoria Bacci hizo lugar al amparo presentado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y ordenó a la Provincia de Neuquén desestimar la retención de los haberes con la aplicación del Impuesto a las Ganancias a todos los estatales.
En Neuquén, los estatales en general estaban cubiertos en la vieja versión de Ganancias por los alcances de la ley provincial 3378, que fue el instrumento pactado por los gremios con el Ejecutivo para gambetear los descuentos previstos por la normativa impositiva. Con la normativa, aprobada a fines del 2022, se dispuso que el 60% de los ingresos de los empleados es el sueldo, mientras el 40% restante corresponde a dedicación funcional. Este último concepto, quedaba exceptuado para el cálculo del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
La iniciativa elevada por el gobierno provincial buscó mantener el beneficio incluido en el presupuesto 2023 en relación al alivio del impacto del impuesto a las ganancias en los sueldos de los agentes de la Administración Pública. La norma ratifica las actas adenda de los CCT que incorporaron el concepto de “dedicación funcional” en la composición de las remuneraciones, concepto sobre el que no deben aplicarse retenciones por la cuarta categoría.
Con la inclusión en el fallo de la ley 3378, otros sectores también quedarían exceptuados de ganancias. Es el caso de la Policía y los comprendidos por el artículo 53 de la Ley provincial 3190 (ministros y cargos de dirección en diversos organismos provinciales).
Tras el fallo favorable en la Justicia neuquina, desde ATE presentaron un recurso similar en la Justicia Federal. Quintriqueo aclaró que buscaban "dar los mismos pasos" que habían dado en Neuquén también a nivel nacional.
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