El trámite se realiza dos veces al año y es obligatoria para algunos grupos de contribuyentes. Quiénes deben hacerla y cuáles son los pasos a seguir.
En la recta final del año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prepara su calendario para 2026. En ese contexto, las personas adheridas al monotributo deben estar atentos a un trámite que deben hacer durante un plazo establecido dentro de ese cronograma y que es fundamental para que cada quien esté inscripto en la categoría que corresponde según su nivel de actividad económica.
Se trata de la recategorización, una gestión que no es obligatoria para todos pero que deben realizarla dos veces al año los contribuyentes que estén en condiciones de hacerlo.
¿Qué es la recategorización de ARCA?
La recategorización forma parte del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y su objetivo es lograr que cada inscripto se encuadre en la categoría que realmente le corresponde.
El procedimiento toma como referencia los ingresos brutos acumulados en los últimos 12 meses, además de una serie de parámetros de actividad. Este trámite debe realizarse periódicamente según lo establece la normativa vigente y aquellas personas que hayan superado los topes de su categoría deben gestionar el cambio.
En el caso de que no se haga la gestión, el organismo fiscal puede aplicar multas "equivalentes al 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional correspondiente a su verdadera categoría, y liquidaciones retroactivas por las diferencias no pagadas en períodos anteriores".
En paralelo, se pueden producir "liquidaciones retroactivas por las diferencias no pagadas en períodos anteriores", lo que implica un ajuste económico significativo. Es decir, el trámite de recategorización es "un mecanismo de ajuste y una obligación fiscal clave".
Cuándo es la recategorización de ARCA en 2026
Si bien el ente recaudador todavía no dio a conocer cuáles son las fechas exactas para concretar este proceso, la recategorización suele llevarse adelante siempre en la misma época:
- Primera convocatoria: se lleva a cabo durante los últimos días de enero y los primeros de febrero. Se trata del plazo principal para que los monotributistas hagan la revisión de sus parámetros y, en el caso de que corresponda, se reubiquen en una nueva categoría.
- Segunda convocatoria: es en agosto y está destinado a aquellos contribuyentes que no se recategorizaron en la primera llamada o que, por variaciones en sus ingresos y parámetros, tienen que volver a revisar su situación.
Cómo hacer la recategorización: paso a paso
A través de su sitio web, ARCA detalla que para realizar la recategorización se debe:
- Ingresar al portal web del Monotributo.
- Indicar CUIT, clave fiscal y presionar "Aceptar".
- Seleccionar la opción "Recategorizarme" (en esta opción se podrá observar en carácter informativo, los datos que posee ARCA de su situación tributaria)
- 4) Seleccionar la opción "Continuar recategorización".
- 5) Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc.).
- 6) Indicar la opción "Imprimir credencial".
- 7) El sistema emitirá el F.184 -como comprobante de la recategorización realizada- y la nueva Credencial de Pago.
Quiénes no deben recategorizarse
La Agencia de Recaudación precisó que "no deberán efectuar ninguna acción quienes deban permanecer en la misma categoría del monotributo", así como aquellos casos en los que "al momento de la recategorización no haya transcurrido un semestre calendario completo desde el inicio de actividades". En esa situación, "los sujetos ingresarán el importe que resulte de la aplicación del procedimiento previsto para el inicio de actividad".
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