Elecciones 2023: qué documentos son válidos para votar
Este domingo se elegirá presidente en la República Argentina, y nosotros te acercamos una guía para que estés al tanto de los documentos que se aceptan en las urnas.
Llegó el domingo y es momento de que se celebren las elecciones 2023. Para esta jornada electoral, es importante tener en cuenta los documentos válidos para ejercer el voto, para así evitar cualquier inconveniente al momento de emitir el sufragio.
Se recuerda a los ciudadanos que podrán votar con el documento cívico que figura en el padrón electoral o con una versión posterior del mismo.
Uno de los datos más importantes a tener en cuenta que no se permitirá el voto con un documento anterior al registrado en el padrón. Asimismo, se enfatiza que el DNI en formato digital en dispositivos móviles no es válido para votar.
Además, desde la Cámara Nacional Electoral hicieron énfasis en que ningún comprobante de documento en trámite es considerado probatorio de identidad para votar. En este sentido, se reitera la importancia de presentar un documento cívico válido y vigente durante el proceso electoral para garantizar la autenticidad y validez del voto.
Para ello, la CNE instó a los electores a verificar la vigencia de su documentación y a presentarse con el documento correspondiente al registrado en el padrón electoral el día de las elecciones.
Los documentos válidos para votar
- Documento cívico que figura en el padrón electoral.
- Versión posterior del documento que consta en el padrón electoral.
Documentos NO válidos para votar
- Documento anterior al registrado en el padrón electoral.
- DNI en formato digital en dispositivos móviles.
- Cualquier comprobante de documento en trámite.
Qué pasa si tengo errores en el DNI
En caso de que los datos asentados en el Documento Nacional de Identidad (DNI) no coincidan con la información registrada en el padrón electoral, se establecen pautas específicas para garantizar el derecho al voto en las elecciones 2023.
- Se permitirá votar si el nombre no coincide exactamente con el del padrón, siempre y cuando otros datos como el número de documento, año de nacimiento y domicilio concuerden.
- Si el nombre coincide, pero la discrepancia se relaciona con el tipo de documento o el domicilio, el elector aún podrá ejercer su voto.
- En el caso de que el elector presente un documento cívico igual o posterior al registrado en el padrón, se le permitirá votar, incluso si hay diferencias en el tipo de documento entre el presentado y el registrado.
- Aquellos que presenten un documento válido sin fotografía podrán votar si responden correctamente las preguntas sobre sus datos personales que les formule el presidente de mesa, junto con cualquier otra información necesaria para su identificación.
Estas disposiciones buscan garantizar que todos los ciudadanos con derecho al voto puedan ejercerlo de manera adecuada, a pesar de posibles discrepancias en la documentación, asegurando la transparencia y la integridad del proceso electoral.
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