De acuerdo a una ley nacional, como todos los años se conmemorará el Día del Empleado de Comercio. ¿Cuándo es y qué alcances tiene?
La historia cuenta que el origen del Día del Empleado de Comercio se remonta a 1934. Ese año, se promulgó la ley 11.729 que, entre otros tópicos significativos, estipuló la estabilidad laboral, indemnización ante el despido arbitrario y vacaciones pagas para los trabajadores de comercio.
Esa ley, que fue aprobada por el Congreso de la Nación Argentina, incluyó reformas importantes en varios artículos del Código de Comercio y la fecha en la que fue publicada en el Boletín Oficial marcó un antes y un después, que dio lugar al Día del Empleado de Comercio. ¿Por qué?
¿Cuándo es el Día del Empleado de Comercio en Argentina 2024?
El Día del Empleado de Comercio se conmemorará el jueves 26 de septiembre de 2024 en la Argentina. La fecha estipula que en esa jornada los trabajadores del sector dispondrán de un día no laborable.
Según el paquete de leyes laborales mencionado más arriba, en el año 2009 se declaró el 26 de septiembre como el Día del Empleado de Comercio. Así, la ley 26.541 –sancionada el 11/11/09 y promulgada de hecho el 10/12/09- incluyó tres artículos:
- ARTICULO 1º — Establécese como descanso para los empleados de comercio, el día 26 de septiembre de cada año, en que se conmemora el "Día del Empleado de Comercio".
- ARTICULO 2º — En dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
- ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Asimismo, en el sitio oficial de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), se les comunicó a los empleados de comercio que el 26 de septiembre de 2024 “es tu día. Es tu descanso. Es tu derecho. Día no laborable. Ley Nacional 26.541. Feliz día!”.
Actualmente, el sector que nuclea a los empleados de comercio está compuesto por 1,2 millones de trabajadores y, según el Convenio Colectivo de Trabajo, se considera como tales al personal de maestranza y servicios; los administrativos; personal auxiliar que realice tareas de reparación, ejecución, o service de toda índole; auxiliares especializados con conocimientos o habilidades especiales en técnicas o artes; y personal de ventas, a quienes los asiste el derecho de no ir a trabajar sin recibir ninguna multa alguna por parte de sus superiores. Los negocios que pretendan llevar adelante la jornada del 26 de septiembre, deberán ser atendidos por sus dueños.
Eso sí: si de todos modos un trabajador resuelve cumplir con sus tareas el Día del Empleado de Comercio, debe saber que su paga será el doble, como sucede en los feriados nacionales. Para calcular el monto, se deberá dividir el sueldo mensual por 30, restando un día que corresponde al feriado. También, se deberá dividir el sueldo por 25. Finalmente, a los 29 días del sueldo antes mencionado se le deberá agregar el día calculado con el criterio de las vacaciones.
Entre otros locales, en el Día del Empleado de Comercio podrían cerrar los supermercados; centros comerciales; shoppings; tiendas de ropa; calzado; electrodomésticos; kioscos; librerías; almacenes; carnicerías y verdulerías.
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