Masacre de pingüinos en Punta Tombo: pidieron 4 años contra la Regina y los jueces definen si va a la cárcel
Además, la querella pidió una multa de más de medio millón de dólares. El tribunal de Chubut informará la pena por escrito.
Este lunes, las partes acusadoras solicitaron al Tribunal que declaró a Ricardo La Regina culpable de daño ambiental y maltrato animal por la matanza de pingüinos de Magallanes en un campo vecino a la Reserva de Punta Tombo, en Chubut, solicitaron a los jueces que le impongan una pena de 4 años de prisión, el máximo previsto para esos delitos y de cumplimiento efectivo, por lo que el condenado podría ir a la cárcel.
Luego de seis audiencias en los Tribunales de Rawson con declaraciones de testigos y alegatos, la Justicia de Chubuthabía resuelto el último jueves que el empresario es culpable por los hechos registrados en 2021.
Ahora, tanto la fiscal Florencia Gómez, que investigó el caso, como el fiscal de Estado Martín Castro y Eduardo Huerta, abogado de organizaciones civiles coincidieron en un pedido de pena que sería de cumplimiento efectivo, por lo que el condenado iría a la causa si los jueces acuerdan con sus argumentos.
De todos modos, para conocer el veredicto final de los jueces Laura Martini -presidenta del Tribunal -, Eve Ponce y Carlos Richieri (online desde Esquel en la audiencia) habrá que esperar un poco más de lo estipulado, ya que se determinó que el fallo de la audiencia de cesura no iba a ser leído públicamente, sino que será comunicado por escrito a las partes.
Además de la prisión, solicitaron algunas acciones de reparación, como la ampliación de la zona de reserva a 500 hectáreas, y una multa indemnizatoria de 518 mil dólares para La Regina.
También, la "restricción de uso y límite" de la Estancia La Perla por parte del acusado, "a los fines de prevenir" nuevos daños y preservar la flora y fauna del lugar.
Los pedidos de pena por la masacre de Punta Tombo
Para la fiscal el imputado era consciente de sus actos y la fragilidad del ciclo reproductivo del pingüino afectado por el paso de la retroexcavadora utilizada.
Gomez aseguró que la conducta de La Regina fue de “crueldad hacia los pingüinos además de otras especies afectadas por el paso de la máquina pesada”.
Además, puso énfasis en la “muerte de 240 pingüinos que ya no podrán cumplir con su ciclo reproductivo”.
Afirmó que la actuación del imputado “no tuvo lógica” y que nunca pidió permiso para realizar esas tareas porque “no se lo hubiesen concedido”.
Sin rodeos, calificó el daño ocasionado fue “gravísimo, con consecuencias también para las generaciones futuras”.
El querellante Martín Castro, representante del estado provincial en el juicio, fue quien hizo referencia a la necesidad de resarcimiento económico, la reparación del daño y su afectación al Estado, mientras que Eduardo Hualpa, en nombre de las entidades ambientalistas, coincidió con el pedido de pena y agregó el decomiso de la máquina retroexcavadora que el imputado utilizó para los movimientos de tierra en función de su actividad ganadera.
Hualpa hizo alusión a la necesidad de determinar con claridad los objetivos de los bienes y dinero, en caso que el Tribunal haga lugar a lo pedido por los acusadores.
El defensor Federico Ruffa destacó “la ausencia del Estado” para prevenir este conflicto, la existencia de un camino que ejecutó el tío del imputado sin que el mismo Estado realizara denuncia alguna, y el conflicto familiar que lo llevó a realizar los movimientos de tierra, sin que el Estado interviniera a pesar de sus reclamos.
Según el abogado, el tío del acusado hostigaba constantemente a su sobrino, y avanzaba con alambrados y caminos sobre su propiedad, llevando a su defendido a tomar las medidas por las que3 se lo acusan. El tío fue el primer denunciante de la masacre, y declaró como testigo en el juicio.
Además, hizo hincapié en que su defendido “nunca tuvo intenciones de producir ese daño”. Afirmó además que el imputado es solo “administrador del campo” y que la propiedad del mismo sigue siendo de la totalidad de su familia. Que su actividad es fundamental para la subsistencia de la familia, que debió desprenderse de parte de las tierras por distintas dificultades económicas.
En virtud de esos argumentos, pidió un año de prisión, el mínimo previsto.
Ultimos movimientos de la defensa
En el transcurso de la tarde, después de los alegatos, el defensor hizo un planteo de nulidad del juicio, debido a un trámite en la legislatura que podría objetar el traslado de la presidenta del Tribunal desde la jurisdicción de Comodoro Rivadavia a la de Rawson, donde se llevó adelante la investigación y el juicio por la llamada masacre de Punta Tombo.
Luego de cruces de argumentos entre las partes, el tribunal coincidió con las partes acusadoras y rechazó los argumentos de Ruffa. La propia Martini argumentó que se trataba de una "maniobra dilatoria".
El defensor había utilizado ese argumento para un planteo de recusación de la jueza Martini cuando promediaban las declaraciones de testigos, que fue denegado, pero ahora se basó en una resolución votada en el poder legislativo respecto al tema, en una sesión realizada el último jueves, mismo día que se conoció la culpabilidad del acusado.
El paso siguiente fue la presentación de testigos cesyra de las partes -algunos de los cuales ya habían declarado-, que se extendió por más de dos horas.
En ese tramo, los fiscales apuntaron a establecer con precisión el daño y los esfuerzos que implicaba su reparación -en los puntos donde esta era posible, no así en irreparable la muerte de animales-, mientras que la defensa optó por testigos que hablaron del rol fundamental de La Regina como sostén de su familia desde muy chico, en virtud de una enfermedad psiquiátrica de su padre.
Los delitos que cometió La Regina
El tribunal declaró a La Regina "autor penalmente responsable de los delitos de daño agravado, un hecho en modalidad de delito continuado" por los hechos "ocurridos entre el 10 y el 14 de agosto, el 10 y el 14 de septiembre y el 26 de noviembre y 4 de diciembre de 2021" en la estancia La Perla, situada en el departamento Florentino Ameghino de la Provincia de Chubut.
También lo consideró culpable del "delito de crueldad animal (artículos 1 y 3, inciso 7 de la ley 14.346)" por los hechos que tuvieron lugar entre el 26 de noviembre y el 4 de diciembre de 2021.
En cambio, lo absolvió del mismo delito, del cual estaba acusado tambén por lo acontecido entre el 10 y el 14 de septiembre del mismo año, cuando volvió a pasar con la retroexcavadora por el mismo camino que había abierto exactamente un mes antes.
En esa oportunidad, los jueces convocaron a las partes para la realización de la lectura de penas de este lunes, que finalmente no será tal. En las próximas horas se espera que se conozca el fallo que comunicarán por escrito.
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