Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos ponen especial atención a estos movimientos de dinero.
En la era digital actual, las transferencias de dinero entre cuentas propias se han convertido en una herramienta esencial para la gestión de las finanzas personales. Compensar con un banco la falta de dinero en otro, pagar las tarjetas de crédito con ahorros de alguna cuenta en una billetera virtual... este tipo de transferencias son cada vez más frecuentes.
Sin embargo, eventualmente suelen surgir dudas sobre el control fiscal de estas operaciones, especialmente en lo que respecta al rol de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). ¿Puede pasar algo si nos "excedemos" en estas transferencias? ¿Tiene que ver el tipo de plataforma en el que las hagamos?
Lo cierto es que cuando un usuario transfiere dinero entre cuentas propias, el proceso de bancarización es crucial. La entidad receptora verifica el origen y la legitimidad de los fondos, conforme a las normativas de prevención de lavado de dinero; y pone el foco en que no haya ningún tipo de irregularidades.
Entonces, ¿la AFIP puede tener acceso a esta información? En principio, hay que decir que sí, pero a no desesperarse: no te van a perseguir por pasarte el dinero para la cancha del fin de semana, o para comprar entradas para el cine. El monitoreo existe, pero es sobre montos significativos.
Transferencias entre cuentas propias: lo que tenés que saber
Las transferencias entre cuentas propias suelen ser procesos fluidos, pero cuando se trata de montos elevados, es más probable que se requiera documentación adicional para acreditar el origen de los fondos.
La AFIP puede solicitar detalles sobre estas transacciones para asegurarse de que no existan discrepancias entre los movimientos de dinero y las declaraciones impositivas del usuario.
Es crucial que los usuarios estén preparados para proporcionar explicaciones claras y documentadas en caso de que se solicite información adicional. Mantener una gestión ordenada y transparente de las finanzas personales, con toda la documentación necesaria a mano, es clave para evitar problemas y cumplir con las obligaciones fiscales.
Vamos a un ejemplo práctico. Tenemos un auto a la venta, y nos lo compran con una transferencia bancaria. Mandamos ese monto a otra cuenta propia, pero cuando queremos comprar otro vehículo y necesitamos retirar el efectivo, llega la pregunta: ¿De dónde surgió ese monto?
En este caso puntual, será necesario que el usuario presente mínimamente un boleto de compra venta donde quede detallado el monto de la transacción, de forma que se pueda justificar.
Las excepciones del blanqueo
La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) informaron esta semana que, bajo el régimen de regularización de activos, es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales de los clientes.
Estas se podrán realizar desde la fecha de acreditación de los fondos regularizados, sin restricción de monto, hacia las cuentas bancarias especiales de regularización de los Agentes de Liquidación y Compensación (AlyC), informaron a través de un comunicado conjunto la CNV y el BCRA.
Los fondos regularizados podrán ser invertidos en la suscripción y/o adquisición, según corresponda, de títulos públicos (incluidos los BOPREAL), acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de FCI abiertos o cerrados, valores fiduciarios, pagarés bursátiles y cheques de pago diferido.
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