Un joven de Santa Cruz mató a otro porque se lo pidió su pareja: tiene 19 años y estará preso hasta los 45
Los jueces le dieron 26 años de cárcel y a su mujer, 12 como partícipe secundaria. El crimen fue en una pelea durante una fiesta ilegal en Pico Truncado.
La Justicia de Santa Cruz sentenció a 26 años de prisión a Jorge Cabero, un joven de 19 que mató a tiros a otro de 22 en una fiesta clandestina en una casa de Pico Truncado. En la misma causa, el tribunal condenó a 12 años a su esposa, Dahiana Guitérrez, como partícipe secundaria.
El joven matrimonio escuchó el castigo pasado el mediodía de este viernes, diez días después de iniciado el juicio oral. También los padres de Leonel Irigoyen, la víctima, quienes no pudieron evitar el llanto.
"Me matan a cada rato", había resumido Matilde Gutiérrez, la mamá, sobre lo que significó para ella presenciar las audiencias y escuchar los testimonios de cada testigo, y los alegatos finales la fiscalía, la querella y la defensa.
El asesinato ocurrió el 19 de febrero de 2023 frente a una casa de las calles Mosconi y Fructuoso Rivera, donde habitualmente se realizabam fiestas “after” a las que concurrían decenas de personas luego del horario de cierre de una discoteca local, y que según reconoció el dueño del lugar, no contaba con habilitación municipal.
Tres disparos y una instigadora
Según se pudo establecer en la investigación del caso, Cabero efectuó tres disparos contra la víctima, Leonel Irigoyen, luego de que su mujer, en medio de la gresca, le pidiera que usara su arma.
Además, la pelea se había iniciado justamente porque ella tuvo una discusión con la novia de Irigoyen, y decidió darle participación en la disputa a su marido, quien desafió al otro joven a salir a la calle a pelear.
Los disparos impactaron en el brazo, la rodilla y el pecho de Leonel. El último tiro le atravesó el pulmón y afectó su corazón, provocando un shock hipovolémico que le costó la vida.
“Leito”, como le decían al joven fallecido, quedó tendido en la calle y luego fue trasladado al hospital, donde murió minutos después de llegar.
Fuga frustrada de Santa Cruz a Chile
Paralelamente, Cabero y Gutiérrez, conscientes de lo que habían hecho, intentaron fugarse inmediatamente.
Al día sigueitne, la policía los sorprendió en la localidad de Los Antiguos, cuando se disponían a cruzar la frontera hacia Chile acompañados por dos familiares.
Durante la etapa de instrucción, a cargo del juez Leonardo Cimini, alegaron que huían por temor a represalias, pero los investigadores -y a juzgar por la sentencia, también los jueces- consideraron que en realidad sólo querían evitar las consecuencias penales que tendría lo que habían hecho.
La versión de los condenados en su intento por defenderse durante el proceso tuvo algunas otras falsedades, que a criterio del tribunal quedaron en evidencia al entrar en contradicción con el testimonio de varios testigos.
Cabero alegó que había actuado en defensa propia, afirmando que Leonel y otros hombres lo habían golpeado y lo obligaron a defenderse con su arma.
Por su lado, Dahiana directamente dijo que no estuvo en el lugar en el que se produjo el crimen. Declaró que había ido al baño y escuchó los disparos desde allí.
Los testigos, sin embargo, certificaron no sólo que estuvo presente, sino que había sido la instigador del ataque a tiros de su marido a la víctima, a quien el dueño de la casa donde se realizaba la fiesta clandestina -según declaró— vio desafiar a Irigoyen a salir a pelear.
Condenas de cumplimiento efectivo
El juicio estuvo presidido por los jueces Mario Albarrán, Juan Pablo Olivera, y la jueza Griselda Bard, que impusieron los 26 años de prisión efectiva para Cabero, como autor penalmente responsable del delito homicidio agravado por haber sido cometido con arma de fuego.
La fiscalía, representada por Carlos Rearte, había pedido la misma pena que convalidaron los jueces, mientras que la querella, a cargo de los doctores Marcelo Fernández y Edgardo Edelcoop, solicitó una pena de 33 años para el condenado.
En relación a Dahiana Guitérrez, el tribunal también determinó 12 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerada partícipe secundaria. En su caso, la querella pédía 25 años al considerarla como participe necesario, una figura más grave que la que también había establecido la fiscalía, al pedir dos años más de pena de lo que fijaron los jueces.
El fiscal de Pico Truncado, Matias Parajón, fue quien elevó la causa a Cámara para la realización del juicio, con la misma tipificación de delitos que convalidaron los jueces.
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