El clima en Neuquén

icon
16° Temp
59% Hum
La Mañana policías

Un policía estaba de uniforme y robó plata de un auto: lo descubrieron y la devolvió, pero igual lo condenaron

Luego de ver al dueño estacionar y entrar a un comercio, sacó 100.000 pesos de la guantera. Lo habían absuelto, pero el STJ anuló el fallo. Qué pena le dieron.

Un policía de Chubut fue condenado a dos años de prisión en suspenso por robar dinero del interior de un auto estacionado en la localidad de Gan Gan.

La calificación legal fue hurto agravado.

Su culpabilidad se declaró aun cuando, al ser descubierto con las manos en la masa, decidió devolver los 100.000 pesos en efectivo que había tomado.

En el momento en que ocurrió el hecho, ese monto era en términos reales muy superior al que tiene en 2026: ocurrió a mediados de 2022, cuando el condenado todavía integraba la fuerza de seguridad. Hoy es expolicía.

Una discusión judicial de fondo

¿Por qué un simple hurto que fue interrumpido in fraganti y no planteó mayores dudas tardó tanto tiempo en llegar a una sentencia?.

La respuesta es que generó una discusión judicial sobre los límites del desistimiento voluntario como figura legal.

Por eso, el caso llegó hasta el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, que ordenó repetir el juicio y revocar la absolución que se había dictado en primera instancia.

De esa manera, a cuatro años casi exactos del robo, se llegó a una condena

Poliladrón con las manos en la masa

El hecho ocurrió el 27 de mayo de 2022.

Un hombre identificado como José Arévalo estacionó su Ford Eco Sport frente a un comercio de Gan Gan e ingresó al local.

Gabriel Alejandro Castillo, de 36 años y policía en actividad, uniformado y en pleno servicio, aprovechó la ausencia del dueño del vehículo.

Se acercó, abrió la puerta y sacó de la guantera una riñonera que tenía en el interior un fajo de $100.000 con cinta del Banco Chubut.

El detalle que se le pasó por alto

Lo que no advirtió al hacer la maniobra, es que estaba en la línea de visión de la cajera del comercio, que pese a que estaba en pleno trabajo, vio todo desde adentro del local.

Gan Gan - Chubut
La localidad de Gan Gan, en Chubut. 

La localidad de Gan Gan, en Chubut.

Había algo más: el dueño del coche no era otro que su padre, el propio Arévalo.

La mujer no dudó en darle aviso. Y ambos salieron a la vereda a confrontar a Castillo.

La devolución de la plata y una condición que fracasó

Fue solo en esa circunstancia, al verse sorpendido, cuando el policía devolvió el dinero.

Lo hizo, además, con una condición: que no lo denunciaran.

Sin embargo, cuando supieron lo que había pasado, sus propios compañeros de fuerza hicieron la denuncia.

El episodio derivó en una causa penal por hurto agravado.

¿Con qué argumento lo habían absuelto?

En el juicio original, realizado en los tribunales de Puerto Madryn, la jueza Patricia Asaro resolvió absolver al imputado.

Su fundamento fue que la restitución completa del dinero eliminaba el dolo necesario para consumar el delito.

En su sentencia sostuvo que "el dolo, necesario para dar completitud al ilícito, desaparece cuando Castillo entrega íntegramente el fajo de $100.000 y vuelve a manos de su legítimo propietario".

Para la magistrada, quien devuelve íntegramente lo sustraído no llega a configurar un hurto consumado.

Impugnación de la fiscalía

La fiscal Ivana Berazategui cuestionó esa resolución y llevó el caso al Superior Tribunal de Justicia de Chubut.

Su argumento fue que Castillo no devolvió el dinero por decisión propia, sino porque fue descubierto.

Y que la devolución le fue reclamada por los testigos del hecho. Según su óptica, no fue espontánea ni voluntaria.

"El desistimiento voluntario implica que el sujeto abandona el ilícito por decisión propia antes de ser descubierto o advertido. Aquí, Castillo no devolvió el dinero hasta que se le reclamó explícitamente", sostuvo.

Fiscal Ivana Berazategui, de Puerto Madryn, Chubut
Ivana Berazategui, fiscal de Chubut.

Ivana Berazategui, fiscal de Chubut.

Berazategui destacó que para que el desistimiento voluntario opere como excluyente de responsabilidad penal, el imputado debe abandonar el hecho por iniciativa propia, antes de ser sorprendido.

En cambio, según argumentó en su cuestionamiento del fallo inicial, la intervención de terceros fue la causa directa de la devolución, y no una decisión autónoma del acusado.

Nuevo juicio al policía, con prisión en suspenso

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la impugnación fiscal.

Los ministros de la máxima autoridad judicial de la provincia consideraron que existían elementos suficientes para concluir que la devolución del dinero no fue un acto voluntario de Castillo.

Con ese fundamento, revocaron la absolución y ordenaron la realización de un nuevo debate oral ante un magistrado diferente.

En el segundo juicio, la fiscal Berazategui volvió a sostener la acusación y logró acreditar tanto la materialidad del hecho como la responsabilidad penal del imputado.

Así, el El tribunal dictó la condena con una pena que no implica prisión efectiva.

Castillo deberá cumplir las reglas de conducta que establezca la Justicia durante el plazo fijado.

Te puede interesar...

Leé más

Noticias relacionadas