Provocó dos muertes en la Ruta 7, pero no irá a la cárcel
El conductor del camión que causó el fallecimiento de dos trabajadores neuquinos en febrero de 2024 solo deberá cumplir un castigo en suspenso de tres años.
Un conductor de un camión que provocó la muerte de dos trabajadores en la Ruta 7 tras un terrible choque no irá a la cárcel y solo deberá cumplir con una inhabilitación para conducir vehículos durante 10 años.
La medida recayó en Gonzalo Matías De Auta, quien ya había asumido su responsabilidad por el siniestro en donde murieron Josué Daniel Vale y Martín Hernán Ortiz. El choque ocurrió el 21 de febrero de 2024, en jurisdicción de San Patricio del Chañar, y causó una gran conmoción en la región. De Auta fue juzgado en mayo de este año y, en un primer momento, pidió acceder a una probation. Sin embargo, los familiares de las víctimas se opusieron al otorgamiento de ese beneficio.
El conductor acusado decidió declararse responsable y esta semana, se concretó la audiencia de cesura. Desde el Ministerio Público Fiscal (MPF), se reclamó una pena de cumplimiento efectivo de 4 años. En la vereda opuesta se ubicó la defensa, que solicitó un castigo condicional de 3 años.
De esta forma, se llegó a la resolución del tribunal integrado por Lucas Yancarelli, Nazareno Eulogio y Natalia Pelosso, quienes mostraron su coincidencia con el pedido del abogado de De Auta.
“El tribunal para establecer una pena proporcional y razonable, teniendo en cuenta su fin resocializador, consideró como agravantes el peligro para terceros por su conducción imprudente y el poseer una licencia de conducir profesional lo cual determina un mayor conocimiento de la responsabilidad para conducir un vehículo de gran tamaño. Como atenuantes tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes condenatorios y el reconocimiento de responsabilidad del imputado”, destacaron desde el Poder Judicial neuquino sobre los argumentos de los magistrados a la hora de definir el castigo que deberá cumplir el conductor condenado.
Un intento frustrado por una probation
El proceso definitivo en contra del conductor del camión se concretó en mayo de este año y, de manera inicial, pretendió evitar el juicio en su contra. Desde el MPF, a cargo de Silvia Moreira, se descartó esa posibilidad y una jueza confirmó que el debate debía realizarse. Frente a esta situación, la defensa comunicó que el imputado se declaraba responsable.
De esta forma, el MPF se limitó a hacer un repaso de la acusación en contra de Gonzalo de Auta. Precisó que los hechos ocurrieron el 21 de febrero de 2024, a las 18:30, sobre la Ruta provincial 7, en la picada número 10 de San Patricio del Chañar. Ese día, De Auta conducía un camión de la empresa Tres Ases, transportando un tractor, en sentido oeste. Por la misma ruta circulaba una camioneta de la empresa CN Sapag, conducida por Josué Daniel Vale, quien se movilizaba junto a Martín Hernán Ortiz, Jesús Lautaro Ortiz y Néstor Daniel Zapana. En una zona recta, el camión invadió el carril contrario y Vale intentó evitarlo, pero no logró evitar el impacto. Detrás de la camioneta circulaba otro vehículo, que al realizar una maniobra evasiva, impactó sobre el tráiler del camión, y provocó un vuelco.
Como consecuencia del choque murieron Josué Daniel Vale y Martín Hernán Ortiz, y resultaron lesionados Lautaro Ortiz y Néstor Daniel Zapana.
"Conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo"
La fiscal del caso calificó el terrible siniestro como homicidio culposo, por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo, agravado por la pluralidad de víctimas (dos hechos); en concurso ideal con lesiones culposas, leves y graves, por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo, agravadas por la pluralidad de víctimas (artículos 84 bis, segundo párrafo; 94 bis, segundo párrafo; en virtud de lo normado por el artículo 39, incisos “a” y “b”; y 53 de la Ley 24449; 45 y 54 del Código Penal).
La jueza Natalia Pelosso, quien al inicio de la audiencia realizada en mayo rechazó suspender el proceso a prueba en virtud de que, como fundamentó la fiscal del caso, en caso de una condena la escala penal prevista va de los 3 a los 6 años y, en consecuencia, la pena podría ser de prisión efectiva; resolvió hacer lugar al acuerdo alcanzado y declaró la responsabilidad de De Auta.
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