Para intentar aliviar los bolsillos en medio de la crisis económica por la cuarentena total, producto de la pandemia del coronavirus, el Gobierno Nacional dispuso una serie de medidas económicas.
Desde el inicio del aislamiento obligatorio el pasado 20 de marzo, el presidente Alberto Fernández hizo diversos anuncios, como el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de diez mil pesos; el aplazamiento de vencimientos de préstamos personales, tarjetas de crédito; y la prohibición de la suspensión de servicios por falta de pago.
Ingresos de emergencia
Ingreso Familiar de Emergencia (IFE): El bono de $10.000 está destinado a trabajadores informales, monotributistas sociales y de las dos primeras categorías y personal doméstico. El trámite es completamente digital y gratuito en la página web de la Anses, donde deberán completar un trámite con los datos personales y establecer una cuenta bancaria (CBU) para el cobro.
Una vez finalizado el trámite, se comenzará a cobrar a partir del viernes 3 de abril para quienes sean beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y de la Asignación Universal por Embarazo, mientras que el resto empezará a percibir la suma desde el 15 de abril.
Personal sanitario: El Gobierno dispuso un pago extraordinario de $5000 para el personal sanitario que preste servicios en centros asistenciales de salud en el sector público, privado y de la seguridad social. Estará destinado para quienes que estén abocados al manejo de casos relacionados con la pandemia, desde abril hasta julio inclusive.
Fuerzas Policiales y Seguridad Federales y las Fuerzas Armadas: Pago extraordinario de $5000 que se abonará por única vez con los haberes del mes de abril.
Servicios
Desde el 24 de marzo están suspendidos durante 180 días los cortes de servicios por falta de pago. Las empresas de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable, no podrán suspenderlos por falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas.
La medida alcanza a todos los usuarios beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo (AUH y AUE), jubilados y pensionados, a quienes perciben seguro de desempleo, a usuarios electrodependientes, mipymes, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES, instituciones de salud, públicas y privadas y las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria, entre otros.
Tarjeta de crédito y préstamos
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) suspendió las inhibiciones de cuentas bancarias al declarar inhábiles todos los días hasta esa fecha para "cualquier actuación cambiaria y financiera" prevista por el Régimen Penal Cambiario. La postergación de los vencimientos se extendió hasta el lunes 13 de abril, misma fecha en que se extendió la cuarentena obligatoria. El Banco Central solicitó que, de todos modos, quienes estén en condiciones de honrarlos en tiempo y forma, lo hagan.
Además, el Banco Central recortó del 55% al 49% nominal anual (4,1% mensual) la tasa máxima que los emisores pueden cobrar a sus clientes por financiar consumos no cancelados al cierre del resumen del mes. A quien no cancele el vencimiento, el banco no podrá aplicarles intereses punitorios si no lo cancela el mes siguiente.
Alquileres y créditos hipotecarios
Se dispuso el congelamiento temporal del valor de los alquileres al monto de marzo y están prohibidos los desalojos por falta de pago. La medida estará vigente hasta el 30 de septiembre. Además, se prorrogó hasta la misma fecha la vigencia de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20 de marzo pasado.
Además, se dispuso que la cuota mensual de los créditos hipotecarios de inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados no podrá superar el importe de la cuota al mes de marzo del corriente año hasta el 30 de septiembre. La medida también aplica a los UVA. Al igual que con los alquileres, están suspendidas las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales.
Cuentas bancarias y cajeros
El Banco Central dispuso la prohibición del cobro de comisiones por operaciones en cajeros automáticos, hasta el 30 de junio próximo.Así, los bancos no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones que se realicen en cajeros sin límite de importe ni distinción entre "clientes" y "no clientes".
Además, hasta el 30 de abril no se cerrarán cuentas bancarias: es decir, no se aplicarán multas, cierres ni inhabilitaciones de cuentas con motivo del rechazo de cheques por falta de fondos.
Prohibición de despidos
A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado este martes, se dispuso la prohibición, por un período de 60 días, de "los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", como así también las "suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo".
Alivio a pymes y mipymes
Las instituciones crediticias que presten dinero a un empleador no están obligadas a pedirles a los empleadores una constancia o declaración jurada de que no adeudan sumas en concepto de aportes o contribuciones.
Otorgamiento de créditos a las mipymes para afrontar el pago de salarios a una tasa fija no superior al 24% anual. El préstamo se tramita en el banco del que la compañía ya es cliente y se les abona a sus empleados a las cuentas sueldo. Podrán acceder todas las empresas y las mipymes inscriptas en el Registro Pyme del Ministerio de Desarrollo Productivo. Deberán completar la solicitud del crédito incluyendo el detalle de la nómina de empleados (formulario 931 de AFIP) y enviarla a su entidad financiera.
Además, se prorrogaron los vencimientos de deudas para pymes y micropymes alcanzadas por el Régimen de Regularización de Deudas de la Ley N° 27.541. Se extendió hasta el 30 de junio del 2020 inclusive el plazo para que los contribuyentes puedan acogerse a dicho régimen.
Precios máximos
Desde el 20 de marzo y por 30 días, los precios de alimentos de la canasta básica, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza mantendrán, como máximo, el precio que tenían al 6 de marzo pasado. La medida alcanza a hipermercados, supermercados minoristas y mayoristas, minimercados, almacenes y autoservicios. Caso contrario, serán multados y clausurados.
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