Cómo saber si estoy inhabilitado para comprar dólares en 2024
En este artículo, te contamos quiénes no se encuentran habilitados para comprar dólares.
Aparte de contar con la posibilidad de comprar el dólar oficial -regulado por el Banco Central-, también es posible comprar dólar ahorro –este toma como base la cotización del oficial, pero le agrega los impuestos PAIS -30%- y retención por Ganancias -35%-. Asimismo, también es posible adquirir el dólar tarjeta –similar al ahorro-; el dólar turista -al oficial se le aplica el 30% del impuesto PAIS, el 45% de la retención por Ganancias y el 25% por Bienes Personales- o el dólar CCL (Contado Con Liquidación).
Por otra parte el dólar Bolsa -o MEP (Dólar Mercado Electrónico de Pagos)- surgió como una atractiva opción para los ahorristas teniendo en cuenta las restricciones cambiarias. Y es que la ventaja del dólar MEP se basa en su menor restricción y en su cotización, puesto que en muchos casos es favorable en relación al dólar blue (el que se puede comprar en el mercado paralelo o en las cuevas). Ahora bien: lo cierto es que actualmente existen impedimentos a la hora de comprar dólares. ¿Cuáles son?
Para saber si estamos inhabilitados para comprar dólar ahorro, es necesario que verifiquemos en el portal oficial del Banco Central de la República Argentina (BCRA) todos y cada uno de los motivos que pueden impedirnos acceder a la compra de la divisa estadounidense.
¿Cómo saber si estoy o no habilitado para la compra de dólares?
Mediante el ingreso al sitio oficial del BCRA (www.bcra.gob.ar), es conveniente clickear en la pestaña Usuarios financieros y luego detenernos lentamente en todos los ítems que figuran como motivos que podrían impedirnos acceder a la compra del dólar ahorro. Entre los muchos mencionados, cabe subrayar los siguientes:
- Exceder el cupo total mensual de US$ 200.
- Exceder el cupo mensual de US$ 100 por mes para adquisiciones en efectivo, que integra el cupo total mencionado en el punto anterior.
- Haber solicitado mantener los subsidios en las tarifas de servicios (gas natural, energía eléctrica o agua potable).
- Haber recibido beneficios ATP -para personas con actividad comercial o personas empleadas cuyas empresas lo hayan recibido-.
- Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de US$ 200 o mayor al cupo.
- Tener préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.
- Haber recibido subsidios IFE (según información suministrada por la Anses).
- Haber recibido subsidios del PAMI.
- Haber sido inhabilitado/a mediante las comunicaciones C del Banco Central, que informan quiénes fueron las personas suspendidas para operar en el mercado de cambios.
- Los que hayan adquirido dólar bolsa o Contado Con Liquidación en los 90 días anteriores.
- Los argentinos que operaron Cedears, obligaciones negociables o criptomonedas en los 90 días anteriores.
- Personas sin ingresos declarados o “consistentes”.
- Monotributistas que hayan tramitado los créditos a tasa cero.
- No tener dado de alta número de CUIT, es decir que no existe información tributaria de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
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