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Cuánto me tienen que pagar si trabajo el feriado del 25 de mayo

El sábado 25 de mayo será feriado inamovible. Qué dice la ley de Contrato de Trabajo y cuánto te deben pagar si vas a trabajar ese día.

Este 25 de mayo en Argentina será feriado nacional al conmemorarse un nuevo aniversario de la Revolución de Mayo, cuando ese día de 1810 se formó el Primer Gobierno Patrio a partir de la destitución del virrey español. Fue un hecho significativo que se convirtió en el primer gran paso para el surgimiento del Estado argentino.

El 25 de mayo en este 2024 cae un día sábado, por lo que al tratarse de un feriado inamovible no habrá fin de semana largo, ya que el Gobierno no estableció un feriado con fines turísticos para ese finde. Muchos tendrán descanso y otros deberán trabajar, por lo que recibirán un pago extra de acuerdo a la ley laboral.

¿Cómo se paga el 25 de mayo?

De acuerdo a lo establecido en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, durante los feriados nacionales rigen las mismas normas que para el descanso dominical, siendo el trabajo una excepción a la que el trabajador no está obligado. En caso de trabajar un día feriado, el trabajador debe cobrar una jornada doble.

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Si trabajás el feriado del 25 de mayo te corresponde un pago extra.

Si trabajás el feriado del 25 de mayo te corresponde un pago extra.

En el caso de trabajar el feriado nacional del sábado 25 de mayo, los trabajadores tienen derecho a recibir un pago extra: el 100% más que un día normal trabajado. Esto significa que aquellos que se encuentren en sus puestos de trabajo durante este día festivo recibirán esa compensación adicional por su labor.

Según la Ley N° 27.399, en su artículo 8, los empleados que trabajen en un feriado con fines turísticos como en los feriados trasladables “gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales”.

Por el contrario, la adhesión a un día no laborable está en manos de los empleadores, por lo que no es obligatoria ni debe pagarse un extra por tener actividad ese día.

¿Qué dice la Ley de trabajo sobre los feriados?

Para aquellos trabajadores que deban desempeñar sus labores durante los feriados, la Ley de Contrato de Trabajo, en su artículo 166, establece que quienes realicen tareas laborales durante un feriado “cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”.

Según la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 165, "en los días feriados nacionales los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo”. “En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual", señala el artículo 166.

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En cuanto a los días no laborables, "el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple", señala el artículo 167. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador.

Los trabajadores tendrán derecho a percibir la remuneración indicada en el artículo 166 siempre que hubiesen trabajado a las órdenes de un mismo empleador cuarenta y ocho horas o seis jornadas dentro del término de diez días hábiles anteriores al feriado. Igual derecho tendrán los que hubiesen trabajado la víspera hábil del día feriado y continuaran trabajando en cualquiera de los cinco días hábiles subsiguientes.

Todos los feriados que le quedan al 2024

Feriados inamovibles:

  • 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
  • 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
  • 9 de julio: Día de la Independencia.
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
  • 25 de diciembre: Navidad.
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Feriados trasladables:

Feriados con fines turísticos:

  • Viernes 21 de junio.
  • Viernes 11 de octubre.

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