Monotributo AFIP: todo lo que tenés que saber para darte de alta, requisitos y facilidades
Cómo inscribirse en el régimen que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) implementó para los pequeños contribuyentes.
El monotributo es un régimen para pequeños contribuyentes implementado por la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), que unifica el componente impositivo, que incluye el pago de IVA y Ganancias con el componente previsional, constituido por los aportes jubilatorios y la obra social.
De esta manera, se paga solamente una cuota mensual y agiliza el cumplimiento de las obligaciones tributarias. A fin de facilitar el procedimiento para mantener las cuentas al día y en orden, la AFIP ofrece a los contribuyentes la posibilidad de cumplir con los deberes tributarios de una manera simplificada.
A tal efecto, el monotributo se puede pagar con transferencia electrónica, débito automático en cuenta o tarjeta de crédito o a través de cajero automático.
En caso de cumplir en tiempo y forma con el pago mensual durante un año calendario con débito automático o tarjeta de crédito, al monotributista se le reintegra el importe del componente impositivo de un pago mensual.
Requisitos para acceder al monotributo
De acuerdo a las indicaciones que especifica la AFIP en su website, pueden ser monotributistas las personas que:
- Venden productos (cosas muebles).
- Prestan servicios
- Realizan locaciones de bienes muebles e inmuebles. Los ingresos provenientes exclusivamente del alquiler de hasta 2 inmuebles están exentos del pago del monotributo.
- Forman parte de una sucesión indivisa que continúa realizando la actividad de una persona física fallecida que fue monotributista. En este caso, la persona podrá ser monotributista hasta que finalice el mes en que se dicte la declaratoria de herederos o se declare la validez del testamento que verifique la misma finalidad o se cumpla un año desde el fallecimiento del causante, lo que suceda primero.
- Integran una cooperativa de trabajo.
Restricciones para acceder al monotributo
En cambio, la AFIP determina que no pueden ser monotributistas las personas que:
- vendan productos con ingresos anales que superen los $ 11.379.612,01 o si prestan servicios y sus ingresos superan los $ 7.996.484,12.
- realizaron importaciones de cosas muebles y/o servicios para su comercialización posterior, durante los últimos 12 meses.
- desarrollan más de 3 actividades simultáneas o tienen más de 3 unidades de explotación. En la locación de inmuebles, independientemente de la cantidad de propiedades alquiladas, se considera una única unidad de explotación.
- el precio máximo unitario de venta de sus productos supera los $ 85.627,66.
En caso de que sean integrantes de una sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad colectiva, etc. o se desempeñan en la dirección, administración o conducción de esas sociedades, deberán inscribirte en el régimen general como exentos en IVA por esa actividad.
La posibilidad de inscribirse como monotributistas está abierta si, además, realizan otra actividad que cumple con los parámetros para optar por el régimen simplificado. Es importante aclarar que en este supuesto los ingresos obtenidos por la actividad del régimen general originados en el ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades no deberán sumarse para determinar la categoría.
El organismo señala de manera tajante a que quienes no cumplan con estos requisitos les corresponde la inscripción en el Régimen General.
Cómo darse de alta en el monotributo
Para realizar el alta en el monotributo es indispensable haber realizado la inscripción en AFIP previamente. Una vez realizada esta gestión, se podrá continuar con la adhesión a través del portal del organismo, ingresando al apartado especificado a tal efecto. El trámite es 100% gratuito y virtual.
Al iniciar el alta, el sistema solicitará que indique el tipo de monotributo a desarrollar junto con algunos datos relacionados con los parámetros de la actividad, la jubilación y obra social. Según lo indica el sitio web oficial, el trámite demora entre 30 a 90 días hábiles.
Tipos de monotributo
Existen varios tipos de vías para la inscripción al monotributo, que dependen de cómo el contribuyente va a ejercer la actividad, a saber:
- Como trabajador independiente
- Como miembro de una cooperativa
- Como trabajador independiente promovido
Monotributo Social
La persona que está de alta en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social puede adherirse adherirse al Monotributo Social habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Si bien no es un trámite que se realice en AFIP, el organismo ofrece la opción de reimprimir la credencial y de consultar la información que tiene disponible acerca de este régimen especial.
Monotributo unificado
Es un sistema que unifica trámites nacionales y provinciales para el pago de impuestos. Además, reduce la carga administrativa y representa un ahorro económico para los contribuyentes.
El monotributo unificado está destinado a los ciudadanos monotributistas de las provincias de Entre Ríos, Mendoza, Córdoba, San Juan, Jujuy, Salta, Río Negro, Buenos Aires, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra del fuego que se encuentran alcanzados por el impuesto sobre los Ingresos Brutos de las administraciones tributarias provinciales adheridas y por la contribución municipal y/o comunal.
Régimen simplificado especial
Está destinado a los pequeños productores agrícolas siempre que su actividad principal recaiga exclusivamente en el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate, té u otras hojas que se utilizan para preparar infusiones; y sea su única fuente de ingresos, exceptuando los provenientes de asignaciones familiares, jubilaciones, pensiones no contributivas y/o programas de inclusión social otorgados por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Este régimen exime de pagar el impuesto integrado, debiendo abonar únicamente las cotizaciones previsionales previstas disminuidas en un 50% por todas las actividades.
Cómo desarrollar la actividad
Cuando se haya concretado el alta del monotributo se podrá gestionar la habilitación de los puntos de venta del sistema escogido para comenzar a facturar y descargar las constancias necesarias para realizar trámites relacionados al monotributo.
Además, se deberá realizar el primer pago mensual hasta el último día de ese mes. Los siguientes podrán ingresarse hasta el día 20 de cada mes.
Finalmente, todos los años en enero y julio, estará disponible la recategorización semestral. La recategorización es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizarla.
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