El juez se declaró incompetente para resolver sobre el recurso presentado por el gobernador fueguino. Así, la definición se demora y la medida sigue en pie.
La ofensiva judicial del gobernador Gustavo Melella contra la intervención del puerto de Ushuaia sufrió un revés este martes: el Juzgado Federal de la capital fueguina se apartó del caso y lo remitió a la Corte Suprema de Justicia. La decisión prolonga los tiempos procesales y mantiene vigente la medida dispuesta por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) a principios de enero, por el término de 12 meses.
El magistrado Federico Calvete fundamentó su resolución en el artículo 117 de la Constitución Nacional, que establece la competencia originaria y exclusiva del máximo tribunal cuando una provincia es parte en un conflicto. Según el juez, la materia debatida exige interpretar y aplicar disposiciones de derecho federal, lo que activa automáticamente la jurisdicción de la Corte.
Tierra del Fuego había iniciado una Acción Declarativa de Inconstitucionalidad contra la resolución de la ANPyN, argumentando que la intervención administrativa viola el régimen federal, la autonomía provincial y las competencias no delegadas al Estado nacional. En su presentación, el gobierno de Melella solicitó la invalidez del acto y reclamó una medida cautelar para frenar inmediatamente los efectos de la intervención.
Según argumentó en el esrito firmado por el gobernador, resolución cuestionada implica "la suspensión de la habilitación del Puerto de Ushuaia y la denominada intervención administrativa de su infraestructura, gestión operativa, técnica y administrativa".
La provincia pidió además que se ordenara el cese definitivo de toda acción mediante la cual el Estado nacional ejerciera funciones que -a criterio de la demanda- son de ámbito provincial.
Sin embargo, Calvete descartó que el lugar donde se producen los efectos del acto sea relevante para definir quién debe entender en la causa. El juez sostuvo que la intervención directa de una provincia como parte actora y la calidad federal de la materia tornan irrelevante el criterio territorial, ya que la competencia originaria de la Corte es de orden público constitucional.
Sin medida cautelar
En cuanto al pedido de suspensión urgente de la intervención, el tribunal se negó a pronunciarse. Calvete explicó que la Ley 26.854 le impide dictar medidas cautelares contra el Estado nacional una vez que se declaró incompetente para intervenir.
Este fallo profundiza la línea que ya habíua seguido el fuero federal fueguino a fines de enero, cuando en tiempo récord —antes de cumplirse 24 horas de la presentación del gobernador— rechazó el pedido de habilitar la feria judicial para tratar la cautelar. En aquella oportunidad, el Tribunal indicó que no se encontraban motivos que ameritaran la habilitación de la feria, pese a que Melella había argumentado urgencia.
Además, ya en ese momento el Juzgado corrió vista a la fiscalía para que se expidiera sobre la competencia del tribunal, ya que -como se definió ahora- ya se preveía que debería intervenir la Corte. También le requirió que se determinara si el gobernador podía presentarse directamente ante el juzgado, cuando ese rol corresponde en realidad a la Fiscalía de Estado como representante legal de los intereses de la provincia.
El fiscal de Estado de Tierra del Fuego, al margen
Precisamente sobre ese punto, horas antes del fallo de Calvete, ocurrió un hecho casi sin precedentes: el Fiscal de Estado provincial, Virgilio Martínez de Sucre, se excusó formalmente de intervenir en la demanda. La decisión alcanzó a todos los integrantes del organismo que representa al Estado provincial ante la Justicia.
En una nota dirigida al gobernador, Martínez de Sucre fundamentó su apartamiento en "discrepancias sustanciales" respecto de la estrategia jurídica adoptada para impugnar la intervención.
El funcionario señaló diferencias sobre el momento de la presentación judicial, el órgano que debía impulsarla y el acto administrativo que debía ser cuestionado de forma previa a la intervención material.
Las divergencias se profundizaron posteriormente, extendiéndose a cuestiones vinculadas con quién debía iniciar la acción, ante qué tribunal y con qué objeto procesal. Ese escenario, según explicó, "impide a la Fiscalía asumir la representación procesal de la provincia sin apartarse del criterio jurídico".
El Fiscal de Estado sostuvo que, "aun compartiendo la necesidad de neutralizar la medida adoptada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, las diferencias sobre la forma de abordarla" afectan la coherencia estratégica necesaria para una defensa eficaz de los intereses provinciales. Además, advirtió que algunas cuestiones del caso guardan conexidad con materias actualmente bajo investigación del propio organismo.
Martínez de Sucre solicitó al gobernador la designación urgente de un fiscal subrogante o ad hoc que pueda ratificar lo actuado y asumir la representación procesal en la causa. Para el funcionario, esa figura es necesaria para resguardar los intereses del Estado provincial y evitar eventuales objeciones por defectos de personería, conforme lo previsto en la Ley Provincial N° 3.
La intervención del puerto de Ushuaia
La intervención del puerto fue dispuesta por la ANPyN en plena temporada de cruceros, con el argumento de que había detectado irregularidades durante una serie de inspecciones a la terminal, como el uso de fondos destinados a mantenimiento y obras en el puerto con otros fines, además de fallas que ponían en duda una operación segura.
Desde el primer momento, el gobernador Melella desestimó esos argumentos y explicó que el manejo de fondos del puerto estaba reparado por una ley aprobada por una unanimidad en la legislatura provincial, incluso con el voto de la bancada libertaria. "En todo caso, si sospechaban de algún delito, ¿por qué no denunciaron en la Justicia en lugar de intervenri?", se preguntó.
Horas antes de preesentar la demanda judicial, el mandatario reiteró que la intervención amenazaba la y el federalismo, e incluso la adjudicó a un posible interés del poder central para "entregar soberanía a alguna potencia extranjera". Por entonces, el objetivo era que la Justicia ordenara retrotraer la medida de Nación. Pero un par de semanas después, el resultado está lejos del esperado.
Con el expediente en camino a la Corte Suprema, los plazos se extienden y la medida continuará vigente mientras el máximo tribunal resuelva sobre su competencia y, eventualmente, sobre el fondo de la cuestión planteada por Tierra del Fuego. Algo que, desde ya, difícilmente suceda muy rápido.
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